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Los órganos de gobierno y representación de la asociación son la Asamblea General y la Junta Directiva.

La Asamblea General es el órgano supremo de la asociación y está compuesta por todos sus socios.

Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:

  1. Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos, administradores, representantes así como sus socios de honor.
  2. Aprobar la gestión de la Junta Directiva.
  3. Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las cuentas.
  4. Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la asociación.
  5. Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
  6. Acordar constituir una federación de asociaciones o integrarse en alguna.
  7. Expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.
  8. Solicitud de declaración de utilidad pública.
  9. Disposición y enajenación de bienes.
  10. Aprobar el Reglamento de Régimen Interno.
  11. Cualquier otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.

Son facultades de la Asamblea General Extraordinaria la modificación de estatutos y la disolución de la asociación.

La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General.

Está formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, Vocales y un representante del C.E.E. designados por la Asamblea General entre los asociados mayores de edad, en pleno uso de sus derechos civiles y que no estén incursos en motivos de incompatibilidad legalmente establecidos. Todos los cargos que componen la Junta Directiva son gratuitos y  su mandato tiene una duración de  3 años.

Son Facultades de la Junta Directiva:

  • Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa dela Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
  • Ejecutar los acuerdos dela Asamblea General.
  • Elaborar y someter a la aprobación dela Asamblea General  los Presupuestos Anuales y el Estado de Cuentas.
  • Elaborar el Reglamento de Régimen Interior.
  • Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
  • Nombrar delegados para alguna determinada actividad dela Asociación.
  • Cualquiera otra facultad que no sea de la exclusiva competencia dela Asamblea Generalde Socios.